viernes, 23 de marzo de 2012

Una vejez de miedo - Parte III

El resumen de estos últimos 5 años comienza una mañana de otoño de 2006 en que mi madre me llama entre lagrimas y sollozos pues mi padre le había quitado “la segunda firma” para escribir cheques y se la había dado a su hija Ana María. Fui a verlos, hablamos el tema y lo resolvimos amigablemente concluyendo reversar la operación y yo participar más directamente en sus asuntos para mitigar temores al respecto. A partir de esa fecha, me involucré directamente en sus trámites comerciales, visitas al hospital, consultas medicas, etc.

Los temores de mi padre sobre mi madre eran reales pues las fichas neurológicas del Hospital Militar, año 2004, ya diagnosticaban a mi madre con un 7% de deterioro mental y la duda razonable acaso era un incipiente caso de Alzheimer; informes neurológicos registran su preocupación por la pérdida de memoria temporal, problemas de equilibrio, mareos, vértigo, lentitud para reaccionar, operaciones aritméticas y una comprensión cabal de toda situación. Las fichas clínicas de 2005 y 2006 muestran una creciente preocupación por problemas de memoria reportados por la paciente junto con mareos y un estado depresivo general.medicas, dentales, como también sus necesidades básicas, ya que vivían solos; este incidente descrito provocó el alejamiento de Ana María seguido de cartas a ellos fuertemente injuriosas y resentidas. Retrospectivamente, no me cabe duda que Ana María sugirió e instigó el cambio en el manejo de sus dineros con un solo propósito, que quedará claro al término de este resumen.

El grado de irritabilidad y agresividad de mi madre fue creciendo de manera directamente proporcional a su deterioro mental, depresión y comienzo de Alzheimer, cuyo estado y avance ella dudaba y/o se resistía a aceptar.

En junio 2007, mi padre sufre un accidente cerebro vascular que cambia su condición de semi valente (caminaba con bastón y a veces con un “burrito”) a no valente. Hice los arreglos y adaptaciones necesarias a su nuevo estado (cama clínica, colchón anti-escaras, acondicionamiento de baño, puertas, silla de ruedas, contratar enfermeras, etc.) y acepté un poder notarial general de ambos para enfrentar esta nueva etapa.

Ana María no aceptó sentirse desplazada y/o rechazada y comenzó a congraciarse con mis padres a la vez de empezar una campaña encubierta de calumnias de que “yo les estaba robando sus dineros…”; lo anterior derivado de la hostil relación que mantenemos desde hace unos 10 años. El “basureo” fue exitoso con mi madre y después de un tiempo, aprovechando una fugaz visita de Roberto a Chile, mi poder notarial fue revocado y asignado a Ana María en octubre 2007.
Mi padre, siempre lucido aunque algo más lento de cabeza, llevaba una bitácora con un resumen del estado de cuentas y yo le proporcionaba los detalles, boletas, facturas, etc., todo abierto y transparente hasta el último peso. Pero mi madre era físicamente valente y en tema dineros, ella siempre manejó los ingresos familiares. Mi padre, dependiente de quienes lo rodeaban para desplazarse, vestirse, asearse, comer, etc., no tenía autoridad alguna en las decisiones comunes. Continué visitándolos, en particular a mi padre, a pesar de los descargos y agresiones verbales y físicas de mi madre por ser un “mal hijo, desagradecido, ladrón, etc.”, toda vez por todo el departamento había letreros indicando “no contestar el teléfono a Jorge, no abrirle la puerta a Jorge, instrucciones en conserjería de no permitir mi ingreso”, todo ello estimulado por Ana María con el objeto de terminar con mis visitas y cualquier comunicación con mis padres.
El abuso y “basureo” continuó al punto que en enero 2008, mi madre dejó una constancia en carabineros (19a comisaria, Providencia) argumentando que “yo insistía en robarle sus dineros aunque no sabía cómo y de no ser por la rápida acción de ella a favor de su hija, ellos estarían despojados de sus jubilación y ahorros…”. Por seguridad y respaldo, lleve los registros médicos a Compin y ellos certificaron un 70% de discapacidad mental para mi madre y 50% para mi padre.
La situación hizo crisis en mi última visita, mayo de 2008, cuando Ana María armó tal escándalo frente a mis padres que ellos posteriormente se descompensaron por 2 días, siendo necesario la intervención de la Unidad Coronaria Móvil. Ya en esa época, la enfermera de turno me indicó mi padre presentaba unas pequeñas escaras en el sacro. Escribí un email a Ana María y a Roberto sobre este punto y nunca recibí respuesta. Tampoco Ana María continuó un tratamiento geriátrico para mi madre que yo había iniciado en el hospital Fach.

La ficha neurológica de mi padre de junio 2008 dice que “el paciente se descompensa por situaciones conflictivas generadas por su hijo…”, lo cual es una falsedad enorme pues nunca tuve un desagravio o discusión con mi padre en toda su vida, menos aun en su etapa final; la mano de Ana María estaba claramente detrás pues tampoco mi padre podía ir solo al hospital. La ficha clínica de mi madre en la misma fecha dice lo mismo, toda vez mi madre, al margen de artrosis en las rodillas, tenía severos problemas de memoria, a no ser que estimularan su agresividad y catarsis con la cantinela antes mencionada.
El efecto de alienar a mi madre se le fue de las manos a Ana María y su agresividad, depresión e irritabilidad subió al punto que en octubre 2008, la ficha clínica indica que había “despedido a una enfermera porque era muy morenita”; otra indicación dice “que había despedido a otra enfermera porque tenía cáncer…”.

El 19 de mayo, 2009, mi padre ingresa por Urgencia al Hospital Militar de La Reina. Yo me entero por casualidad 10 días mas tarde. La ficha de Urgencia y posterior conversación con el médico tratante registran que ingresó con 3 escaras, grado IV (máximo) sacro y caderas, desnutrición aguda y con bronquitis crónica. En diciembre 2008, mi padre había tenido otro ingreso a Urgencia por retención de líquido y epididimitis (inflamación de un testículo). Estos son claros síntomas de falta de aseo e higiene del paciente (mi padre usaba pañales) a pesar de tener enfermera 7x24 hrs; a mi juicio, la situación refleja negligencia y/o incompetencia de Ana María y enfermeras. Mi padre estuvo 2 meses hospitalizado (Ana María quería someterlo a trasplantes, en contraposición a los médicos y mía también), nunca se recuperó de sus padecimientos, fue dado de alta y llevado a un asilo para pacientes de baja complejidad (en contraposición con llevarlo al centro de rehabilitación de Capredena en La Florida para pacientes de media y alta complejidad) y murió una semana más tarde, el 27/7/2009.

Con mi padre en el hospital y mi madre sola en casa, Ana María fue incapaz de manejar la situación e internó a mi madre en un asilo (Capsal; Isabel La Católica 4851, Las Condes), engañada que iba “por un fin de semana”. Encarada por el destino de mi madre, Ana María rehusó darme dicha información que finalmente obtuve de la empleada domestica que atendió a mis padres por 19 años.
Fui al asilo Capsal y rechazaron mi acceso a visitar a mi madre. Fui una segunda y una tercera vez, con y sin testigos, y el mismo resultado. Capsal se limitaba a seguir instrucciones de Ana María y el resto es irrelevante.

En diciembre 2009, mi esposa y un médico siquiatra perito judicial, lograron visitar a mi madre. El informe siquiátrico es lapidario en cuanto a la discapacidad y daño mental.

El 8 de marzo, 2011, envié una carta a Capsal co-firmada por un abogado amenazando con acciones legales por la prohibición de visitar a mi madre en sus dependencias. Indiqué la ilegalidad de su proceder toda vez el poder notarial de Ana María se refiere a patrimonio y no confiere potestad sobre el acceso a visitas a un recinto como un asilo; aun mas, el acceso de un familiar directo es un derecho inalienable en ausencia de una orden restrictiva (información confirmada por el Servicio Nacional del Adulto Mayor, Senama). Pero Capsal se limita a seguir las órdenes de Ana María y esta última amenaza con llevarse a mi madre a otro asilo y borrar su paradero. Es parte de su satisfacción, ego o demencia temprana. La reacción no se hizo esperar. Correos electrónicos de Enrique (ausente de Chile en los últimos 10 años) y Roberto vociferando injurias y calumnias por escrito al voleo y amenazando también a mi abogado son dignos de delirios a la distancia. Ana María, fiel a su estilo, prefiere las sombras y que otros hagan o hablen por ella.

El pasado 13 de abril, 2011, una antigua amiga de mi madre y su hija (cuñada mía) intentaron visitar a mi madre para compartir fotos del matrimonio de mi hija Andrea y les negaron el acceso estando ella en el asilo.

En vista de lo anterior, contacté a un octogenario abogado supuestamente experto en familia y presenté una demanda en el 4° Juzgado de Familia (RIT F-7216-2011) por violencia intra-familiar, argumentando violación al artículo 5 ° de la ley 20.066. La audiencia para dicha causa fue fijada para las 12.30 pm del 14 de julio, 2011. La hora es importante pues cada una de las 6 audiencias anteriores demoró su proceso y durante las 2 horas en que estuve sentado en la antesala del tribunal, frente a frente de mi madre, a 4 metros de distancia y cruzando miradas repetidamente, ella no registró reconocerme de modo alguno.

Se veía físicamente bien, arreglada para la ocasión, y ocasionalmente se quejaba en voz alta de la tardanza pues “estaba ahí desde las 9 am y tenía que volver a su casa a prepararle el almuerzo a su marido…” en circunstancias que mi padre lleva 2 años fallecido y ella ahora vive en un asilo. Ana María “preparaba” a mi madre sobre lo que tenía que decir y el abogado de la parte demandada, Sr Hernán Calderón la instruyó minutos antes de ingresar a la audiencia haciéndole repetir, con su cedula de identidad en mano, su nombre, rut y fecha de nacimiento, información que repitió en la audiencia con cierto titubeo; sin embargo, al responder cual era su teléfono respondió con el rut y ante el prolongado silencio al intentar responder su domicilio, el abogado de la parte demandada respondió por ella con una evasiva. Por su parte, mi abogado “litigante” fue un fiasco total que no abrió la boca ni contra-argumentó ninguna de las falsedades ni verdades a medias esgrimidas por el abogado de la parte demandada, ni presentó evidencia alguna de testigos, informes médicos, siquiátricos, sicológicos, constancias policiales, denuncias y otros que sustentaban mi demanda.

La guinda de la torta fue que mi octogenario e inocuo abogado no quiso presentar una apelación a pesar de mi requerimiento para tal gestión, no obtuvo una copia del acta de la audiencia (la tuve que obtener yo) y abandonó mi caso en la víspera del plazo para apelar
el fallo anterior. El broche de oro fue cuando el juez le preguntó a mi madre que opinaba de su hijo, el demandante, y mi madre responde con un articulado y enérgico reflejo condicionado “es un mal hijo, no lo quiero ver nunca más, etc.”, igual que el clásico perro del Dr. Iván Pavlov; en vista de lo anterior, el juez lo considera como un argumento válido y no da lugar a la demanda, sin riesgo ni medidas cautelares para las partes.

Durante el juicio, el abogado de la parte demandada argumentó la existencia de un documento de Capsal declarando que nunca se me había impedido el acceso a visitar a mi madre. He enviado 3 requerimientos (2, 8 y 18 de agosto, 2011) por escrito a la Sra. Ingrid Walsen, administradora de Capsal y al abogado de la parta demandada, Sr. Hernán Calderón, solicitando copia de dicho documento sin obtener respuesta alguna. También he pedido información a Capsal de los médicos y dentistas que la han tratado durante los últimos 5 años con igual mutismo absoluto.

Pasaron algunas semanas y de pronto se me ocurrió que el apoyo de una asistente social sería indicado como testigo y a la vez como evaluadora de situación. Contacté a una antigua amiga de familia y estuvo dispuesta a apoyarme. Coordinamos la estrategia y los pasos a seguir en caso de éxito y fracaso en el intento de visitar a mi madre en Capsal.

El jueves 29 de septiembre a las 3.30pm tocábamos el timbre a las puertas de Capsal. Salió a la puerta una mujer joven que se identificó como Catalina Jorquera, hija de la administradora Sra. Ingrid Walsen, abogada de la administración de Capsal y preguntó el motivo de nuestra presencia. Nos identificamos, Sra. Isabel Vergara, asistente social, y el suscrito, Jorge Blanche, con intención de visitar a la Sra. Ana Robles. En ese momento le pregunté acaso le importaba que le tomara una foto, ella respondió que no, y le saqué una serie de fotos. La Srta. Jorquera dijo que consultaría con Ana María y su abogado pues había una “lista de personas prohibidas” de visitar a mi madre.

Esperamos en la vereda algunos minutos al cabo de los cuales aparece otra mujer, quien se identifica como la administradora, Sra. Ingrid Walsen. Manifiesta su molestia porque “he tomado una foto sin su consentimiento” pero nos hace pasar. Ingresamos al asilo, adultos mayores en una sala por aquí y un pasillo por allá en medio de auxiliares de enfermería que circulaban entre ellos. Ingresamos a una pequeña sala con una mesa rectangular en el medio. La Sra. Walsen en un extremo, la asistente social a un costado y frente a mi madre y yo en el otro extremo. La asistente social inicia el dialogo con mi madre preguntándole acaso nos conoce y/o acaso reconoce al hombre sentado a su derecha.

Mi madre me mira con detenimiento, dice en voz alta que parece que soy su hijo, me saco los grandes lentes de sol y el reconocimiento es completo. "Tu eres Jorge; mi hijo mayor; ¡que gusto me da verte…!; tiempo que no venias a verme…; ¿por que no has venido...?. Yo no pretendía causar una situación de tensión emocional, por lo que evité decirle la verdad: que su hija había dado instrucciones explicitas al asilo en el cual está internada desde julio 2009 de no permitir mi acceso a visitarla; que mi encuentro con ella ahí era resultado de una reacción de la administradora del asilo temerosa de una posible diligencia de tribunales por la presencia de la asistente social que me acompañaba, dispuesta a cooperar con la justicia y obviando la “lista de personas prohibidas” de visitar a mi madre. Mi madre se alegra, nos tomamos de las manos y empieza por repetir que soy uno de sus 4 hijos, que se extraña por el tiempo que no la he ido a visitar y pregunta por la causa para ello, todo esto con una sana alegría y una expresión de mucha calidez. El dialogo con mi madre prosigue en tono amistoso, cordial y después de algunos minutos la administradora Walsen, al ver que la atmosfera no era de peligro para su residente, llama a una auxiliar para que la reemplace.

El principal problema de mi madre sigue siendo su mente. El dialogo lo llevaba yo y por razones obvias no abordé temas que pudieran causar un estado emocional fuerte o intenso. Se alegró, sorprendió y hasta emocionó un tanto por mi visita. Su desorientación espacial y temporal es completa. No tiene claro donde vive, a pesar de que su habitación #27 está en el segundo piso del asilo; recuerda su casa de la calle Granaderos pero no recuerda su departamento de Carlos Antúnez donde vivió desde 2003 hasta que fue internada en el asilo en 2009. No recuerda que mi padre murió aunque recuerda estuvo casada. Recuerda el nombre de casi todos sus hijos pero no el de sus nietos, nuera, hermano/a, consuegros y demás familia o gente que alguna vez la conoció, ni siquiera su cuñada Amalia, residente del mismo asilo y a pocos metros de distancia. Aun es consciente de su ser social y es capaz de llevar una conversación con respuestas simples y directas aunque sus preguntas se repiten con frecuencia. Me sobrepuse a la pena que me dio verla en ese estado e intenté estimularla con preguntas sobre sus actividades, gustos, proyectos personales, noticias de familia, etc. sabiendo que en cuestión de minutos eso no permanecería en su memoria.Mi madre a los 86 años, se ve algo pálida y con poca energía pero de buen semblante, aseada y con una motricidad aceptable para una persona de su edad. Su tono de voz es suave y su hablar es articulado y continuo aunque disjunto; su desorientación espacial y temporal es completa; se repite bastante. El mal de Alzheimer empezó para ella en 2004. Su mirada por momentos deambula, tal vez no buscando una palabra sino intentando rescatar de su memoria algún hecho o situación, algún rostro o recuerdos de su vida. Físicamente valente, ella aun puede asearse, vestirse, comer y beber por si sola, aunque prefiere apoyo de otra persona para caminar; en los últimos años ha tenido problemas en sus rodillas que aún persisten. Sus funciones básicas parecen estar en orden.

La Sra. Walsen, con un archivador y documentos en mano, reaparecía en la salita de reuniones de cuando en cuando e insistía en mostrarle a la asistente social las dependencias del asilo y documentos de todos los cuidados recibidos por mi madre. Acordamos que yo tendría, a diferencia del pasado, acceso irrestricto e ilimitado a visitarla. Me tomé algunas fotos con ella y en su habitación.

Mi madre se alegró, sorprendió y hasta se emocionó un tanto por mi visita; la tranquilicé y prometí venir a verla a menudo. Conversamos por más de dos horas; ella siempre acompañada por una enfermera después de que la administradora del asilo volviera a sus actividades propias; ella volvía a preguntarme una y otra vez acaso estaba casado, el nombre de mi esposa, hijos, suegros y otras cosas más; repetía que ella tenía 4 hijos y que yo era el mayor. Yo le hacía dialogo preguntando por su rutina diaria, sus preferencias, su estado anímico, de salud y la ponía al día sobre la vida de parientes y amigos y ella se alegraba y consentía a la idea que la visitara muy a menudo y la sacara a almorzar y a pasear fuera de ahí.

Subimos a su pieza en el segundo piso, la 27, por una angosta escalera con giro de 180°; la habitación es individual, de unos 2.5m x 3m aprox. y con acceso a un baño privado (ducha, no tina). La luz natural penetra por una pequeña ventana que mira al oriente; un closet angosto para ropa alberga solamente sus zapatos (su ropa interior y de vestir ha de estar en otro lugar), 2 cuadros pintados por ella misma en mejores años cuelgan de la pared, otro a la cabecera de la cama; el mobiliario es la misma cama, mesa de noche, lámpara y silla que ha tenido en su casa por los últimos 50 años y nada más; no hay fotos de familia, libros, revistas, herramientas para hacer manualidades o adornos de ningún tipo; tampoco una radio o un televisor, eternas compañeras de mi madre en otra época.

Recorrimos otras dependencias comunes y nos acompañó hasta la puerta. Antes de salir, aproveché de saludar y despedirme de mi tía Amalia Perreta, viuda de Alberto Blanche, hermano de mi padre y residente en Capsal desde hace más años que mi madre, también aquejada de Alzheimer; Amalia fue su amiga desde los años en que eran estudiantes en el Liceo de Niñas N°7; mi tía ha de tener la edad mental de un infante hoy en día. Aun así, pareció reconocerme; se alegró que la viera y que hablara con ella, nos tomamos de las manos y no quería que la abandonara.

La “convivencia” la hacían seis o siete adultos mayores ahí residentes sentados alrededor de una mesa en una especie de sala comedor, otros mas apoltronados en una sala adjunta y ahí están, mudos, sin actividad visible y esperando que pasen las horas. Las enfermeras y auxiliares circulan entre ellos y los atienden con una taza de té o agua.

Manifesté a la administración que en mi próxima visita quería saber de los médicos tratantes, las fichas clínicas y el verdadero estado físico y mental de mi madre. La administradora Walsen consintió y prometió cooperación absoluta.

Me hice al propósito de visitar a mi madre con la misma frecuencia con que lo hice hasta la última vez que me fue posible visitar a mis padres, mayo de 2008, cuando la alienación de mi madre por parte de Ana María en mi contra hizo imposible continuar haciéndolo.

Reitero que durante la audiencia en el 4° tribunal de familia de Santiago el pasado 14 de julio, 2011, descrita mas arriba por violencia intrafamiliar en contra de Ana María, aun entonces, minutos antes de que el juez le concediera la palabra a mi madre e ignorante de su estado mental, ella la adoctrinaba y condicionaba su conducta al igual que el perro de Pavlov sobre que decir con respecto a su hijo.

La breve declaración de mi madre en ese entonces fue diametralmente opuesta al acogedor reconocimiento, acogida y dialogo que mantuvimos durante mi larga visita al asilo el jueves pasado. La conclusión es simple: al estar libre de la influencia de segundas o terceras personas sobre una actitud o conducta a asumir, mi madre responde de manera natural y libre de influencias, a pesar de su deterioro mental. La anodina participación de mi representante legal y abogado litigante en esa audiencia fue de un mutismo absoluto; el juez de la causa determinó que la demanda no era procedente y dictaminó que no había medidas cautelares. Reitero que el argumento estelar del abogado de Ana María en ese momento fue la existencia de un certificado de Capsal que declaraba no existía prohibición alguna para mi o mis familiares de visitar a mi madre, declaración que no se ajustaba a la realidad según lo atestiguan varios testigos y constancias policiales de múltiples intentos de visitar a mi madre. Pero vendrían más sorpresas e ilícitos.

Efectivamente, el siguiente no tardó en llegar. Regresé a Capsal dos días más tarde, el sábado 1 de octubre, 2011 a las 4pm, acompañado de mi esposa y la enfermera que salió a la puerta me dijo debía verificar autorización para visitas a mi madre pues existía una “lista de personas prohibidas”. Al cabo de un largo rato, la enfermera de nombre Marisol, regresó diciendo que Ana María no autorizaba el ingreso y que “el asunto estaba en manos de abogados”. Insistí en hablar con la administradora o alguna otra persona responsable del asilo Capsal pero la enfermera no cooperó y se limitó a decir que ella solo recibía órdenes.

La anterior conducta de Ana María pone en evidencia, 5 años de matonaje fraternal y una constante manipulación maliciosa del estado mental de mi madre en mi contra además del sistemático maltrato sicológico de un adulto mayor incumpliendo con ello la ley N°20.066 de violencia intrafamiliar y la ley de protección al adulto mayor (ver página web www.senama.cl). Suma a lo anterior, la frivolidad de Capsal para faltar a la verdad en tribunales con resultado de impunidad para la parte demandada y la colusión de Capsal con Ana María, quien paga la estadía de mi madre con dineros de mi madre.

Una denuncia fue presentada en la 47a Comisaria de Carabineros, Los Dominicos y foliada como Parte N°232 dirigida al 2° Juzgado de Familia, Santiago.
En resumen, todo mal para mi madre, enferma, secuestrada, encarcelada y aislada por su propia hija auto designada de manera maliciosa y fraudulenta para cuidarla de manera exclusiva en sus últimos años de vida.

El abuso y manipulación de adultos mayores, discapacitados, con propósitos absolutamente mezquinos y pequeños me resulta imperdonable. Mi padre repetía incansablemente en sus últimos años de vida que solo quería estar rodeado de amor y familia. Esta soberbia sostenida y sicopática de Ana María me parece requiere justicia, por la memoria de mi padre y tal vez a tiempo para mi madre.

Despues de un periodo de reflexion y analisis, decidi buscar, contactar y contratar un mejor abogado, que derivó en presentar una solicitud de interdicción en tribunales civiles, la cual fue acogida por el 8° Juzgado Civil de Santiago. El proceso de interdicción consiste en que un tribunal evalúa acaso una persona incapaz de cuidarse ella misma y administrar sus bienes y existiendo suficientes pruebas, se asigna a una persona, típicamente algún familiar cercano, para ejercer dicha responsabilidad. En caso de ausencia de dicho familiar o desacuerdo entre familiares para asignar a uno, el tribunal asigna la curatoría a un tercero. El poder notarial que Ana Maria sostiene no la habilita para cuidar de mi madre ni decidir sobre sus atenciones médicas, mentales y/o dentales como tampoco para decidir sobre la vida social de ella. Lo ha hecho hasta ahora porque ha sido su capricho y poder de administración de los dineros de mis padres y porque ha desarrollado una sistemática campaña de alienación mental en mi madre hacia mí, tal como ha sido descrito y detallado en extenso anteriormente.

El tribunal acogió la denuncia bajo la causa rol C-33458-2011, caratulado Blanche-Robles (documentos disponibles en www.poderjudicial.cl), y llamó a una audiencia a familiares cercanos para las 9am del 9 de enero, 2012.

Cuando llegue a la sala de espera acompañado de mi esposa Marisol y de mi hija Andrea, quienes habían visitado a mi madre en los últimos 2 años y podían atestiguar acerca del estado mental de ella, me encuentro en la sala de espera con Monica Robles Villablanca, hija de Carlos, viudo y hermano de mi madre, a quien no veía desde que mi tio estuvo en el Hospital de Carabineros años atrás a causa de una enfermedad gastro-intestinal que lo trajo sin retorno desde Cochamó. No recuerdo la última vez que Monica y yo hayamos socializado ni hablado en los últimos años ni tampoco antes de la enfermedad de mi tio Carlos. Para sorpresa mia también estaba Maria Eugenia Blanche Prat, hija de un hermanastro de mi padre a quien no veía hacia más de 50 años, cuando ella era una escolar y vivía en la casa al lado de la nuestra en la calle Granaderos. Tatiana Rojas (23), hija de Ana Maria también estaba presente, aunque más preocupada de su pelo y del rimmel en los ojos. Ana Maria y su abogado Hernán Calderón acompañaban a este par de primas aparecidas de la nada.

También estaba mi madre, a quien me acerqué inmediatamente, me reconoció de manera amable y cariñosa y no me separé de ella durante toda la mañana; la mayor parte del tiempo conversaba con ella para determinar de mejor manera su estado mental. Físicamente se veía igual que 4 meses antes, en septiembre del año anterior, tal vez un poco pálida, sin mucho ánimo, ignorante de donde estaba y del propósito de su presencia ahí. Su actitud hacia mi fue amable y cordial. Ella ya había declarado frente a la jueza y esta es la minuta de su declaración:

FOJA: 35 .- treinta y cinco .-

NOMENCLATURA: 1. [379]Audiencia

JUZGADO : 8º Juzgado Civil de Santiago

CAUSA ROL : C-33458-2011

CARATULADO : BLANCHE / ROBLES

Santiago, nueve de Enero de dos mil doce

A la hora señalada se lleva a efecto la audiencia de entrevista personal de la demandada doña ANA CORINA ROBLES BRUGUES, cédula de identidad N°2.035.972-2, quien interrrogada legalemente expone:

Interrogada sobre su nombre completo, lo señala en forma perfecta. Interrogada sobre su fecha de nacimiento en Febrero de 1925, no recuerda el día de su nacimiento. Interrogada sobre la fecha de hoy, no lo recuerda nada. Interrogada en que parte vive, tampoco lo recuerda de manera alguna. Ignora de qué se trata la gestión en que comparece, como tampoco sabe en qué lugar está.

Interrogada sobre quién es el presidente de Chile, no lo recuerda y dice tener mala memoria. Señala que vive con su marido, que es muy buen marido, lo que no es efectivo. Señala tener tres hijos, lo que no es efectivo, ya que son 4 hijos.

Se deja constancia que a simple vista la citada presente un deterioro mental grave.

Se pone término a la audiencia firmando la compareciente junto a SS. y Secretario que autoriza.”

Lo anterior implica dos cosas:

1) no será necesaria la evaluación por un perito siquiatra para la prosecución del caso por demencia senil de mi madre y;

2) Ana Maria ha insistido permanentemente en alienar a mi madre con que ella solo tuvo tres hijos. Pues bien, esa manipulación esta vez le jugó en contra. Mi madre en la antesala me reconoce como hijo y en su entrevista declara tener solo tres hijos.

El testimonio de Maria Eugenia y Monica fue tan burdamente pauteado que es de antología. Maria Eugenia declara que Ana Maria era la persona mas adecuada para el rol de curadora pues era la única mujer y que siempre se había preocupado por su madre, agrega que “se opone a que sea su otro hijo Jorge por el descuido, maltrato y abandono de su madre y los intereses económicos que lo motivan a iniciar esta gestión…”, a diferencia de Ana Maria “que es una persona solvente y con su propia clínica veterinaria”. Monica declara casi lo mismo pero, en sus palabras, “Jorge no tiene afectivamente ningún lazo con su madre ya que ella no lo considera un buen hijo ya que tiene actitudes poco serias y no tiene trabajo estable, tengo entendido que hace ‘pitutos’, en cambio Ana Maria es una persona solvente y con una excelente situación económica”.

La declaración de mi sobrina Tatiana es similar a las anteriores y solo excusable debido a su corta edad, exceso de maquillaje y pocas luces en su cabeza.

La declaración de Ana Maria insiste en los mismos puntos anteriores además de vocear bastante auto propaganda y complacencia acerca de los cuidados que ella argumenta proporciona a mi madre. Una declaración alejada de la verdad dura y carente de toda autocritica y realismo.

La estrategia de la contraparte quedo en evidencia aun mas al presentar, a los pocos días después (13/01/12), una solicitud por curatoría provisoria, la cual fue rechazada por el tribunal.

Casi un mes mas tarde, el martes 7 de febrero de 2012, 3pm, fui a Capsal acompañado por mi abogado a visitar a mi madre. Se repitió la rutina de siempre; sale una auxiliar de enfermería, pregunta a los visitantes quienes son y a quien pretenden visitar y nos dejan esperando en la vereda a puerta cerrada; la auxiliar Vicky Flores regresa y nos prohíbe la entrada. Mi abogado pide hablar con la Sra. Walsen y la respuesta es “no está”; pide hablar con quien la reemplace y la respuesta es “está en reunión”; pide hablar con una persona responsable y el silencio es la respuesta; pide se nos permita entrar y la auxiliar Vicky Flores se niega. Mi abogado me sugiere nos retiremos y el prepara un recurso de amparo hacia mi madre en contra de Capsal, que fue presentado ese mismo dia.

La Corte de Apelaciones de Santiago acoge la solicitud de recurso, lo caratula causa 320-2012 y dispone que Capsal emita una respuesta en 24 hrs. Capsal ignora el plazo y también un segundo aviso de tribunales y 30 dias después de lo originalmente solicitado, el 8 de marzo de 2012, emite una respuesta. Las falsedades en la respuesta de Capsal superan a los “certificados” emitidos anteriormente por ellos en julio 2011 (mi demanda por violencia intrafamiliar) y en enero 2012 (interdicción).

A continuación una introducción y un resumen de estas “joyitas” junto con mis comentarios a cada uno de ellos (originales disponibles en el sitio web del poder judicial):

La Sra. Ingrid Walsen Nordio, Rut 6.376.850-2, dueña y administradora del asilo de ancianos Capsal, ubicado en Ave. Isabel La Católica N°4158, Las Condes, Santiago, ha faltado a la verdad por acción, omisión y comisión, en todos y cada uno de sus testimonios escritos en relación a la estadía de mi madre, Sra. Ana Corina Robles Brugués, Rut 2.035.972-2 en Capsal, desde su ingreso el 11 de julio de 2008 a la fecha. Mi hermana Ana María Blanche Robles la internó ahí engañosamente, sin mi conocimiento ni consentimiento, y más allá de toda autoridad legal o notarial para ejercer dicha acción. La estadía de mi madre es financiada con sus propios recursos y que Ana María maneja. Mi madre sufre desde el año 2004 el mal de Alzheimer y actualmente se encuentra en un avanzado estado de deterioro mental; aunque no tengo acceso a sus últimas fichas clínicas, su estado físico parece ser aceptable para su edad (87). Hago notar que el promedio de vida de un paciente de Alzheimer es siete años una vez el mal es detectado y a ella se lo detectaron el 2004.

La conducta de Capsal a la fecha ha sido un permanente y sistemático bloqueo para que yo acceda a visitar y socializar con mi madre ahí internada por decisión, ergo responsabilidad exclusiva de la Sra. Walsen, en abierta violación a la ley 20.066 art.5, sobre violencia intrafamiliar hacia adultos mayores y transgrediendo mis legítimos derechos como pariente sanguíneo directo de visitarla. El siguiente es un apretado resumen de dichas violaciones, hasta ahora impunes y crecientes en el tiempo.

1. Certificado Capsal emitido el 8 de julio de 2011. La Sra. Walsen se limita a decir que mi esposa ha visitado a mi madre en dos oportunidades pero omite decir que no le permitió el ingreso cuando fue acompañada por el suscrito, ni tampoco a otros familiares, ni tampoco cuando el suscrito intentó visitarla individualmente en numerosas ocasiones desde agosto 2009 a la fecha. La Sra. Walsen miente por omisión. Tengo en mi poder un listado de constancias policiales, denuncias a Carabineros y testigos que validan dichos eventos. El resto del documento es auto referente, auto complaciente y fue aludido el pasado 14 de julio, 2011 por el abogado litigante de la contraparte en el 4° Tribunal de Familia con el agravante de decir que Capsal nunca había impedido mis intentos por visitarla. El fallo del tribunal de familia me resultó adverso.

2. Certificado Capsal emitido el 6 de enero de 2012. La Sra. Walsen hace una larga referencia a los servicios de su asilo y después de listar las actividades de mi hermana Ana María hacia mi madre, agrega hacia el final que "ella tiene una preocupación que no hemos visto en otros miembros de la familia de la Sra. Ana Corina”. Este documento fue presentado por la contraparte en una demanda de interdicción a mi madre el 12 de enero de 2012 en el 8° Juzgado Civil. Esta vez la Sra. Walsen miente por acción y por omisión pues ella nunca me ha permitido el libre y/o irrestricto acceso a visitar a mi madre (ver nota más adelante). Debo agregar que no existen otros hijos de mi madre en Chile. El juicio por interdicción está en proceso.

3. Correo electrónico de Capsal enviado el 8 de marzo de 2012 a la Corte de Apelaciones de Santiago en respuesta a un recurso de amparo presentado el 7 de febrero de 2012 tras una frustrada visita a mi madre acompañado de mi abogado. Esta vez la Sra. Walsen argumenta “que SI hemos recibido visitas de don Jorge y su esposa en nuestra residencia”, lo cual es falso pues nunca he podido visitar a mi madre solo ni en compañía de mi esposa. Continúa la Sra. Walsen “Las últimas veces que (don Jorge) visitó nuestro hogar…”, lo cual también es falso pues solamente he tenido acceso una (1) sola vez, el 29 de septiembre de 2011, a las 3pm, ocasión en que intenté visitar a mi madre acompañado de una asistente social y el personal Capsal lo interpretó como parte de una diligencia judicial y nos permitió el acceso y facilitó una sala para reunirnos con mi madre, siempre vigilada por la misma Sra. Walsen o una auxiliar de enfermería; existe un informe de la asistente social acerca de la atmosfera, desarrollo, actitud de mi madre en esa única visita. Hacia el final de su correo, la Sra. Walsen agrega que “ella no lo quería ver (a Jorge). Nosotros solo seguimos sus instrucciones para evitar descompensaciones emocionales que ella sufre cuando él se le acerca”; la Sra. Walsen continúa mintiendo y el mejor contra argumento es el informe de la asistente social presente en esa única reunión en la cual mi madre, a pesar de su avanzado deterioro mental, me reconoce y me reprocha por no haberla ido a visitar. La Sra. Walsen termina su nota con otra falsedad: “La Sra. Ana Corina se descompensa al presentársele una persona desconocida…” toda vez la asistente social era desconocida para ella y no se descompensó en absoluto, todo esto a ojos vista y presencia de la propia Sra. Walsen. Aun más, haciendo antesala a la audiencia el 9 de febrero de 2012, en el 8° Juzgado Civil, estuve toda esa mañana junto a ella y no presentó descompensación alguna ante mi presencia ni permanente compañía, por el contrario. La foja de la causa tras el testimonio de mi madre concluye: “Se deja constancia que a simple vista la citada presenta un deterioro mental grave”.

He preparado este resumen pues el recurso de amparo presentado por mi abogado a la Corte de Apelaciones de Santiago ha sido rechazado en base a este último documento, que también hace referencia a los otros anteriores.

Mi abogado ha apelado a la Corte Suprema pero mi cuestionamiento central es que la opinión de la Sra. Walsen ha sido presentada y acogida en tribunales como verdad única y absoluta en ausencia y/o descarte de todo otro argumento o validación cruzada; tal parece que la especulación, la insinuación maliciosa y la mentira propiamente tal es dominante frente a otra versión de los hechos, sin importar informes técnicos, testigos honestos y evidencia dura que atestigüe otra posición. No deja de ser frustrante aceptar y vivir bajo un sistema en el cual la justicia no escucha o no cuestiona absolutamente nada excepto una única versión, en mi caso, la de Capsal.

En la causa por interdicción rotulada C-33458-2011, el abogado de la contraparte presenta el 2 de marzo de 2012, un estado de situación patrimonial de Ana Maria, probablemente siguiendo la estrategia de demostrar que ella es económicamente solvente, que no tiene interés alguno en el patrimonio de mi madre y que yo soy un muerto de hambre únicamente interesado en sus dineros. Triste espectáculo por lo demás público, gracias a la ley de transparencia y a la tecnología de hoy.

Dicho documento acompaña detalle de bienes, como ser, un departamento en Viña del Mar (Ave Jorge Montt, sitio del ex Regimiento Coraceros), una parcela en Ensenada, X Región, un sitio en Colina y otro en Chicureo, una oficina en Gilberto Fuenzalida, Las Condes y una camioneta Peugeot del año 2002. Demás esta decir que la tasación de bienes declarada oscila entre 300% y 400% del correspondiente avalúo fiscal. Imagino esta es la “excelente situación económica” aludida en el testimonio de las primas Maria Eugenia y Monica. Por cierto, los ahorros de mis padres que ella depositó a su nombre en una sucursal Santander en 2009 no están incluidos dentro de su patrimonio. Es de hacer notar que la mayoría de estos bienes no rentan, solo representa gasto y no son de rápida liquidez.

Curiosamente en estos documentos también están los papeles del divorcio de Ana Maria de Claudio Rojas, ocurrido de facto en 1980 pero solo cursado en 2008, es decir 28 años después, por la constante negativa y resentimiento de Ana Maria hacia su ex marido, una vez que la ley de divorcio fue promulgada y permitió a Claudio iniciar unilateralmente el proceso de divorcio. Los términos y condiciones de la separación, procedimiento legal previo a la aplicación de la ley de divorcio, retratan de cuerpo entero la codicia y aprovechamiento de Ana Maria. Que el lector saque sus propias conclusiones acerca de las demandas de la ahora divorciada por ley antes del veredicto. Todo lo anterior es información de uso público y disponible en el sitio web del poder judicial.